martes, 31 de agosto de 2010

Nuevo Salario Mínimo, Vital y Móvil

El 12/8/2010 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 2/2010 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que dispone, en su art. 1º, fijar (para todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo) un mínimo de $ 1740 como salario, con excepción de la situación prevista en el artículo 92 ter y 198, primera parte, del mismo cuerpo legal que lo percibirán en su debida proporción; y $ 8,70 por hora, para los trabajadores jornalizados, para los haberes correspondientes al mes de agosto.
A partir del 1º de enero de 2011, la misma norma fija el salario mínimo en $1840 (para trabajadores mensualizados) y en $ 9,20 por hora, para los trabajadores jornalizados