viernes, 5 de abril de 2013

La modalidad de "teletrabajo" es promovida y avalada por el Ministerio de Trabajo para trabajadores en situación de reserva de puesto.

En el día de la fecha, 05/04/2013, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 239/2013 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social sobre "PROMOCION DEL EMPLEO".
 
A continuación, su texto:
 
Artículo 1° — Impleméntense acciones de sostenimiento y promoción del empleo a favor de las trabajadoras y los trabajadores en situación de reserva de puesto de trabajo, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 211 de la Ley de ...Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), de acuerdo a la presente Resolución.
Art. 2° — Las acciones de sostenimiento del empleo a favor de las trabajadoras y los trabajadores en situación de reserva de puesto de trabajo, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 212 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976), consistirán en:
a) Certificados de crédito fiscal por los gastos efectuados en los cursos de formación profesional o para el desempeño en teletrabajo por la nueva empresa contratante, que se implementará a través de los mecanismos o circuitos previstos para la aprobación de proyectos del REGIMEN DE CREDITO FISCAL;
b) Participación del trabajador y de la empresa en acciones de Entrenamiento para el Trabajo (sólo cuando se trate de una actividad diferente a la desempeñada por la trabajadora o el trabajador con anterioridad) o en el Programa de Inserción Laboral;
c) Participación del trabajador o de la trabajadora en acciones de Formación Profesional;
d) Participación voluntaria y consensuada tanto de la empresa como de la trabajadora o del trabajador en la implementación de la modalidad de teletrabajo durante el período mencionado en el art. 212 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y bajo las previsiones contenidas en el art. 66 de la misma normativa.
Art. 3° — Incorpórese como inciso 4) del Artículo 2° de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Nº 45/06, al siguiente texto:
“4) trabajadores que se encuentren en situación de reserva de puesto de trabajo de conformidad con el artículo 211 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20 744 (t.o. 1976).”
Art. 4° — Facúltese a la SECRETARIA DE EMPLEO a dictar las normas complementarias, aclaratorias y de aplicación de la presente Resolución.
Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Carlos A. Tomada.

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