martes, 19 de febrero de 2013

Contribuciones patronales. Beneficio. Prórroga.

Prórroga del plazo establecido en el artículo 23 de la ley 26.476 (Decreto 125/13 - B.O. 6/2/13).

El artículo 16 de la Ley Nº 26.476 establece que, por el término de VEINTICUATRO (24) meses contados a partir del mes de inicio de una nueva relación laboral, los empleadores gozarán, por dichas relaciones, de una reducción de sus contribuciones vigentes con destino a dist...intos subsistemas de la seguridad social. Que el beneficio mencionado consiste en que durante los primeros DOCE (12) meses sólo se deberá ingresar el CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las citadas contribuciones, y por los segundos DOCE (12) meses se pagará el SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) de ellas, siempre y cuando el empleador mantenga la cantidad de trabajadores integrantes de su nómina.

Dicho plazo fue prorrogado oportunamente por el Decreto 298/11 , desde el 1° de enero de 2012, y hasta el 31 de diciembre del mismo año, y el Decreto 125/13 lo prorroga ahora desde el 1° de enero de 2013, hasta el 31 de diciembre de 2013.

No hay comentarios: